Organización e Impartición de Formación Bonificada

La actividad formativa de Hunosa persigue la adquisición, actualización y mejora de las cualificaciones y competencias profesionales para el desempeño del puesto de trabajo ocupado en busca del desarrollo profesional y la mejora deseada en la productividad, pero también tiene como objetivos facilitar la adaptación de las competencias de nuestros trabajadores a un entorno de cambio y de reestructuración que afecta a toda la industria extractiva y que persigue principalmente el desarrollo de un sector más innovador y/o con mejores perspectivas de empleo.

En este sentido, una modalidad de formación dirigida a dar respuesta inmediata a estos objetivos son las iniciativas de formación profesional para el empleo: “Formación programada por las empresas para sus trabajadores” y los “Permisos Individuales de Formación”,  a las que las empresas que estén al corriente en cuanto a las obligaciones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, se pueden acoger a través de bonificaciones en las cotizaciones empresariales.

Hunosa Formación

Estas  son unas opciones muy interesantes que tienen a su alcance todas aquellas organizaciones que decidan apostar por llevar a cabo procesos formativos que atiendan a las necesidades de desarrollo personal y profesional de sus trabajadores, así como de mejora de la productividad y competitividad.

El Centro de Formación de HUNOSA está inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación y gestiona el crédito formativo de otras empresas mediante el oportuno  contrato de encomienda:

  • Diseña y desarrolla procesos formativos a medida que se adaptan a las necesidades del cliente y perfil del destinatario. Las acciones formativas que se imparten son en modalidad presencial, teleformación y mixta.
  • Dispone de las instalaciones y recursos humanos necesarios que garantizan una formación teórica y práctica de calidad.
  • Realiza las gestiones administrativas necesarias ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), para la correcta aplicación de las bonificaciones.
Hunosa Formación

Crédito de Formación

Las empresas disponen anualmente de un «crédito de formación» que podrán hacer efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

Este importe resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa durante el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el % de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas, siendo  el crédito mínimo del que podrá disponer una empresa para la formación profesional de sus empleados de 420 euros al año:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores (420 euros/año)
  • De 6 a 9 trabajadores (100 % de bonificación)
  • De 10 a 49 trabajadores (75 % de bonificación)
  • De 50 a 249 trabajadores (60% de bonificación)
  • Más de 250 trabajadores (50 % de bonificación)

Cantidad máxima aplicable a efectos de bonificación

En función de la modalidad y el nivel de formación, esta es la cantidad máxima que una empresa se puede bonificar por participante/hora:

Nivel de Formación
Modalidad impartición Básico Superior
Presencial 9€ 13€
Teleformación 7,5€
Mixta Se aplicarán las cantidades anteriores en función de las horas de formación o teleformación que tenga la acción formativa.
Modalidad impartición Nivel de Formación
Presencial Básico
9€
Teleformación Superior
13€
Mixta
Se aplicarán las cantidades anteriores en función de las horas de formación o teleformación que tenga la acción formativa.

Nivel básico: Formación en materias transversales o genéricas.

Nivel superior: Formación en materias que impliquen especialización o capaciten para el desarrollo de competencias de programación o dirección.

Instrucciones para financiar la formación programada de una Empresa Cliente

Si una empresa está interesada en encomendar a HUNOSA la organización de su formación, es necesario realizar los siguientes trámites:

  1. Enviar firmada la Oferta de Servicio (previamente consensuada con el cliente) o confirmar vía email su aceptación.
  2. Cumplimentar la Ficha datos Empresa para darla de alta en el sistema telemático de Fundae.
  3. Los representantes legales de la empresa cliente y HUNOSA deben firmar un acuerdo. Para ello, la empresa debe enviar  cumplimentadas y firmadas dos copias originales del Contrato Encomienda de Organización de la Formación que corresponda, en función de si la plantilla de la empresa es de más o menos de 50 trabajadores.
  4. Si la empresa tiene Representación Legal de los Trabajadores, el cliente ha de avisarla mediante el modelo Información RLT de FUNDAE y enviarnos una copia firmada.
  5. Es necesario que la empresa, a través de su representante legal o persona jurídica con certificado digital, autorice a Hunosa en la plataforma de Fundae la organización de la formación.
  6. Antes de iniciar el curso, facilitar los datos de los alumnos para gestionar el proceso formativo (matriculación, parte de firmas, evaluación, expedición de diplomas, etc.) y la bonificación en Fundae.

Observaciones a tener en cuenta si una empresa quiere acogerse a la formación bonificada

  1. Los autónomos están excluidos del sistema de formación bonificada, pero sí pueden bonificar los cursos de aquellos empleados que tengan a su cargo. Además, si tienen en su empresa contratas interesadas en realizar formación bonificada, es necesario que nos lo indiquen para poder formalizar con ellas el oportuno contrato de encomienda».
  2. La empresa debe asumir un porcentaje de la financiación. Una vez finalizada la formación correspondiente a todo el ejercicio anual, la empresa debe de cumplir la exigencia de cofinanciación privada, que es la aportación que debe realizar la empresa a los costes de la formación

«La diferencia entre el coste total de la formación y la bonificación aplicada por la empresa constituirá la aportación privada realizada por la empresa».

El % porcentaje mínimo de cofinanciación exigido a la empresa en función del número de trabajadores es el siguiente:

  • De 1 a 5 trabajadores: Exento
  • De 6 hasta 9 trabajadores: 5%
  • De 10 a 49 trabajadores: 10%
  • De 50 a 249 trabajadores: 20%
  • De 250 a más trabajadores: 40%

La empresa dispone de diferentes opciones para cumplir con el % de cofinanciación privada que le corresponda:

  • A través de los costes de personal. Cuando un curso se realiza dentro del horario laboral, el coste/hora laboral del trabajador será la aportación de la empresa a la formación de sus trabajadores.
  • Cuando el coste de la formación es superior a la bonificación a practicar. Esta diferencia que asume la empresa es una aportación privada a la formación.

La duración de la formación no podrá ser superior a 8 horas diarias, salvo cuando la impartición de la acción se concentre en una sola jornada laboral con duración superior a la señalada. En todo caso, el número de horas deberá respetar el límite señalado legalmente.

  1. La formación debe guardar relación con la actividad de la empresa.
  2. Las acciones formativas no deben tener una duración inferior a dos horas, y su objetivo no puede ser de índole informativo o divulgativo sino el desarrollo de un proceso de formación.
  3. La empresa ha de custodiar mínimo durante 4 años la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
  4. Se debe abonar el importe de las facturas de la formación realizada antes de que la empresa se aplique la bonificación en las cotizaciones a la seguridad social.

Si tienes una empresa o eres empleado y quieres conocer más acerca de la formación bonificada para trabajadores, o cuáles son los pasos necesarios para acceder a ella, puedes contactar con nosotros dirigiéndote a la siguiente dirección de correo electrónico: formacion@hunosa.es